Vacaciones anuales
Durante el primer año de empleo, los empleados tienen derecho a 11 días de vacaciones anuales retribuidas.
A partir del segundo año de trabajo, el derecho a vacaciones retribuidas es de 15 días al año. Se acumula un día adicional de vacaciones retribuidas por cada dos años adicionales de servicio, hasta un derecho máximo de 25 días.
Baja por enfermedad
Las empresas están obligadas a conceder permisos retribuidos por enfermedades o lesiones relacionadas con el trabajo, pero no existe obligación legal de conceder permisos retribuidos a los empleados por enfermedades o lesiones no relacionadas con el trabajo.
No es infrecuente que las empresas concedan bajas por enfermedad retribuidas independientemente de que la lesión o enfermedad esté o no relacionada con el trabajo. Los empleados pueden utilizar sus vacaciones anuales retribuidas como días de baja si no disponen de baja por enfermedad retribuida.
Permiso parental
Se ofrece un permiso de paternidad de tres días retribuidos y dos no retribuidos.
- Baja por maternidad: Las empresas deben conceder a las trabajadoras embarazadas un total de 90 días de permiso de maternidad retribuido, que pueden utilizarse antes o después del parto. La compensación de 60 días corre a cargo del empleador, mientras que los 30 días restantes los paga el Fondo del Seguro de Empleo, gestionado por el Estado.
- Permiso de paternidad: Los empresarios deben conceder a los padres 10 días de permiso de paternidad retribuido. Pero a partir de febrero de 2025, el permiso de paternidad se ampliará de 10 a 20 días.
- Permiso parental: Los empresarios deben conceder una excedencia de un año para el cuidado de los hijos (sin incluir los días de permiso de maternidad retribuido utilizados tras el parto en el caso de una empleada) a todo trabajador o trabajadora con un hijo menor de 8 años y/o que curse 2º curso o inferior de primaria. A partir de febrero de 2025, el permiso parental se ampliará de un año a un año y seis meses.
- Permiso por infertilidad: Los trabajadores tienen derecho a tres días al año, con un día de periodo retribuido para este permiso.