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La orden ejecutiva de Trump: Los puntos clave

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A finales de la semana pasada, el mundo vio cómo el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmaba una polémica orden ejecutiva por la que se prohibía la entrada a Estados Unidos a determinados ciudadanos extranjeros. La orden, titulada "Protección de la nación frente a la entrada de terroristas extranjeros en Estados Unidos", ha sido criticada por discriminatoria debido a que las naciones especificadas son de mayoría musulmana, pero Trump ha negado que se trate de una "prohibición musulmana" y defiende la orden como una acción vital de seguridad nacional contra el terror. Aunque la situación se actualiza constantemente y aún no está claro cómo se aplicarán algunas partes de esta orden, en este post analizamos algunos de los hechos clave que se han producido en los últimos días y consideramos el impacto de la prohibición de viajar en el empleo de los nacionales afectados.

¿Qué sabemos de la Orden Ejecutiva?

  1. La orden impone una prohibición de entrada de 90 días y de expedición de visados estadounidenses a los nacionales de los siete países siguientes: Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen.
  2. Se consideran nacionales los ciudadanos o titulares de pasaporte de uno de los países mencionados, incluidos los no nacidos en el país especificado pero cuyos padres sí lo eran, si las leyes de ese país permiten que esto sea suficiente para la nacionalidad. Aún no se ha aclarado si la prohibición de viajar de la orden incluye a los ciudadanos con doble nacionalidad, es decir, a los ciudadanos de otro país no especificado nacidos en uno de los 7 países especificados o con pasaporte de uno de ellos.
  3. La orden también anuncia la suspensión del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos durante 120 días y el recorte de la admisión de refugiados de este ejercicio presupuestario de 100.000 a 50.000, aunque esta parte de la orden no se aplica a algunas minorías religiosas que solicitan asilo por persecución. El periodo de prohibición de las solicitudes de refugio sirias es indefinido. La redacción de la orden ejecutiva sugiere que las solicitudes de asilo pueden evaluarse caso por caso, considerando cada situación en función de sus méritos para el interés nacional.
  4. Durante el periodo prescrito se aplicarán estrictas medidas de investigación para los solicitantes de visado. Entre ellas figuran el restablecimiento de las entrevistas en persona, la insistencia en que las solicitudes se presenten en persona en los consulados estadounidenses (en lugar de por correo o buzón) y un informe completo del Departamento de Seguridad Nacional sobre el tipo de información exigida a los países de origen para determinar la identidad de las personas que solicitan cualquier disposición relacionada con la inmigración.
  5. Se denegarán todas las solicitudes pendientes de estos nacionales en los consulados estadounidenses de todo el mundo, incluidos los visados de no inmigrante (H-1B, L-1, E-3, O-1, TN, F-1) y los visados de inmigrante o tarjetas verdes.
  6. Aunque las tarjetas de residencia pendientes serán denegadas, la administración de Trump confirmó el domingo que a los actuales titulares de tarjetas de residencia válidas o residentes permanentes legales estadounidenses de estas naciones especificadas no se les prohibirá entrar o volver a entrar en los EE. UU. durante el período de tiempo, aunque deben anticipar largas demoras en los puertos de entrada y controles adicionales.
  7. El Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. no está autorizado a permitir la entrada a ninguna persona de estos países específicos que sea titular de un visado de no inmigrante vigente y válido (incluidos H-1B, L-1, E-3, O-1, TN, F-1).
  8. Los nacionales de determinados países incluidos en la prohibición que deseen viajar fuera de EE.UU. en este periodo de 90 días deben consultar con un abogado de inmigración y tener en cuenta que es posible que no puedan volver a entrar.
  9. Las compañías aéreas pueden denegar el embarque o detener en la frontera a los nacionales de determinados países incluidos en la prohibición. A su llegada y detención, se les puede pedir que hagan los trámites necesarios para regresar al país desde el que iniciaron su viaje a Estados Unidos. El procedimiento correcto para procesar a los que llegan a EE.UU. no está definido en la actualidad y, por tanto, hay informes de que se están llevando a cabo distintos procedimientos en diferentes aeropuertos y fronteras. Se recomienda de nuevo a los ciudadanos afectados que busquen asesoramiento en materia de inmigración antes de viajar.
  10. La orden no afecta a los nacionales que entran en el programa de exención de visado/ESTA.
  11. Los manifestantes, la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles y los equipos jurídicos han respondido con contundencia a la decisión, aunque la situación está evolucionando rápidamente y no está del todo claro cómo afectará a la plena aplicación de la orden. Un tribunal federal de Nueva York emitió el sábado una medida cautelar contra la promulgación de algunas secciones de la orden; en ella se establece que no está permitido que el gobierno expulse a las personas afectadas que ya hayan aterrizado en el país y solicitado la entrada simplemente en aplicación de la orden ejecutiva, alegando que incumple cláusulas de la Constitución. Esta suspensión no se aplica a quienes embarquen en vuelos internacionales, a quienes se les puede seguir denegando la entrada. Se han presentado otras suspensiones similares en tribunales federales de todo Estados Unidos y la situación evoluciona continuamente.

¿Qué significa esto para los trabajadores y empresarios afectados?

Mientras la situación sigue sin aclararse y se desarrollan las repercusiones de los recursos judiciales, tampoco se sabe cómo afectará a empresarios y trabajadores. Varios directivos de alto nivel, desde Apple hasta Facebook, han condenado la orden y han prometido apoyar a sus empleados nacionales afectados, aunque muchos están a la espera del resultado y la reacción a las medidas cautelares del tribunal federal.

El consejo general es que las empresas se mantengan al tanto de la situación a medida que se desarrolla y busquen asesoramiento jurídico adecuado para poner en marcha una estrategia para sus empleados nacionales afectados a medida que se aclare más. Es probable que se deniegue la entrada y se anulen las solicitudes de aquellos empleados nacionales afectados que pretendan entrar en EE.UU. en los próximos 90 días sin una tarjeta verde actual y válida (todos los visados de no inmigrante de los nacionales afectados están incluidos en la orden), o aquellos que estén a la espera de solicitudes pendientes. Los empleados afectados que tengan previsto realizar algún viaje internacional en los próximos 90 días deben reconsiderarlo, ya que es probable que se les deniegue la entrada. Todos los viajeros internacionales en general deben esperar retrasos en los visados debido a la acumulación de trabajo que probablemente se creará por el aumento del rigor en el control y el proceso de solicitud de los nacionales afectados. Como ya se ha mencionado, el plazo de la orden es actualmente de 90 días, pero depende de la revisión de los países especificados y de la información que proporcionen sobre las personas, por lo que existe la posibilidad de prorrogarla si los departamentos pertinentes del gobierno de EE.UU. no están satisfechos.

Si tiene más preguntas sobre la orden ejecutiva de EE.UU., póngase en contacto con nosotros a través del enlace Contacto del sitio web. Toda la información contenida en este artículo era cierta en el momento de su publicación, pero seguiremos manteniendo informados a nuestros clientes a medida que se desarrolle la situación.