Vacaciones anuales
Mínimo de 30 días de vacaciones pagadas al año, tras seis meses de servicio.
Baja por enfermedad
Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a 182 días de baja por enfermedad al año. El trabajador es retribuido, por el empresario, con arreglo a las siguientes tarifas:
Duración del servicio | Remuneración |
---|
1-21 días | 100% |
22-35 días | 75% |
36-70 días | 50% |
71-182 días | 35% |
Permiso parental
Baja por maternidad:
Las trabajadoras por cuenta ajena tienen derecho a 98 días de permiso de maternidad retribuido. La baja puede comenzar, por un periodo no superior, 14 días antes del parto. El permiso de maternidad es abonado por la empresa, y el Fondo de Protección Social reembolsa al empleador.
Al reincorporarse al trabajo, las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria de pausa de lactancia durante un periodo de un año a partir de la finalización del permiso de maternidad.
Permiso de paternidad:
Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a siete (7) días de permiso de paternidad retribuido, que deben disfrutarse en los 98 días siguientes al nacimiento del hijo. El permiso lo paga el empresario, y el Fondo de Protección Social se lo reembolsa.
Excedencia por cuidado de hijos:
Una trabajadora puede disfrutar de un permiso no retribuido para cuidar de su hijo durante un periodo no superior a un (1) año. La excedencia se toma después del parto.