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Ley de finanzas delictivas de 2017:

¿Qué significa para su empresa?

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La Ley de Finanzas Delictivas entró en vigor el 30 de septiembre de 2017 y afectará a cualquier empresa que opere en el Reino Unido. Hemos pedido a Lorna Ferrie, Directora Global de Nómina y Cumplimiento Normativo, que nos explique los datos clave de la ley y lo que significa para su organización:

El objetivo de la nueva legislación es aumentar drásticamente las normas de cumplimiento en las empresas mundiales.

Entre otras cosas, la Ley crea dos nuevos delitos penales corporativos con respecto a la facilitación de la evasión fiscal (denominados colectivamente "delitos penales corporativos"):

  • Incumplimiento por parte de una entidad corporativa relevante de su obligación de evitar la facilitación de la evasión fiscal en el Reino Unido por parte de una persona asociada; y
  • Incumplimiento por parte de una entidad corporativa relevante de su obligación de evitar la facilitación de la evasión fiscal fuera del Reino Unido por parte de una persona asociada.

Una medida notable hace responsables a las empresas que no impidan a sus empleados participar en la evasión fiscal o facilitarla. Además, las estipulaciones se activan cuando los individuos son declarados culpables no solo de evadir impuestos en el Reino Unido, sino también en el extranjero.

Si una empresa es procesada con éxito, se enfrentará a una multa ilimitada y a posibles sanciones accesorias, como el decomiso o las órdenes de prevención de delitos graves, además de sufrir graves daños en su reputación. También corren el riesgo de perder sus licencias y se les puede prohibir presentarse a licitaciones públicas.

Aunque los delitos penales corporativos imponen una responsabilidad estricta, se asemejan a las disposiciones relativas a la no prevención del soborno contenidas en la Ley de Soborno de 2010 en la medida en que proporcionan a los organismos corporativos pertinentes una "defensa de procedimientos razonables".

HMRC y otros organismos han publicado un borrador de directrices para ayudar a las empresas a entender lo que pueden constituir "procedimientos de prevención razonables". Estas orientaciones animan a los organismos pertinentes a centrarse en seis principios rectores:

  1. Llevar a cabo una evaluación de riesgos para identificar los riesgos específicos de la facilitación.
  2. Aplicar procedimientos proporcionados a los riesgos específicos identificados en la evaluación de riesgos.
  3. Realizar la diligencia debida del personal, terceros y clientes en proporción a los riesgos que suponen para la empresa.
  4. Garantizar que existe un compromiso al más alto nivel dentro de la organización para evitar que se facilite la evasión fiscal.
  5. Comunicación (incluida la formación) a empleados y terceros para garantizar que los procedimientos se integran y comprenden.
  6. Realizar un seguimiento y una revisión continuos de los procedimientos y la evaluación de riesgos.

De estos principios rectores, hasta la fecha se ha prestado especial atención a la realización de una evaluación de riesgos. Una evaluación metódica y exhaustiva de la naturaleza y el grado en que un organismo relevante está expuesto al riesgo de que quienes actúan para él o en su nombre estén facilitando la evasión fiscal de forma delictiva será la piedra angular de cualquier defensa de "procedimientos de prevención razonables".

A la hora de llevar a cabo la evaluación de riesgos, será fundamental contar con la participación de las partes interesadas de alto nivel. De este modo se demostrará el compromiso al más alto nivel con la prevención de la evasión fiscal y se demostrará que se dirige desde los niveles más altos de la empresa y que se fomenta dentro de su cultura.

Tras la evaluación de riesgos, será importante asegurarse de que los riesgos identificados y los procedimientos para mitigarlos se comunican a toda la cadena empresarial y a los terceros pertinentes para garantizar que se incorporan y comprenden. Una vez más, se espera un compromiso de alto nivel con este proceso de aprendizaje".

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