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Actualización de la orden ejecutiva de Trump: revisión de la prohibición de viajar para los nacionales designados

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Tras la polémica orden ejecutiva del24 de enero de 2017, conocida como "prohibición de viajar", por la que se restringía la entrada en Estados Unidos a determinadas nacionalidades, el presidente Donald J. Trump ha emitido una nueva orden el6 de marzo de 2017 para sustituir y modificar determinadas cláusulas de la orden original. La nueva orden entrará en vigor el16 de marzo de 2017 a las 12.01 horas.

¿Qué implica el nuevo orden?

Una de las principales diferencias de la nueva Orden es la eliminación de Irak de la lista original de países designados, por lo que quedan seis: Siria, Yemen, Irán, Libia, Somalia y Sudán. Se cree que la omisión de Irak de la nueva Orden se debe a que el gobierno iraquí ha aceptado intensificar la investigación de sus nacionales.

Todos los nacionales designados restantes no podrán volver a entrar si se encuentran fuera de los EE.UU. a partir del16 de marzo de 2017 inclusive, o si no obtuvieron un sello de visado válido antes del27 de enero de 2017 a las 17:00, fecha de la orden original.

La nueva Orden no se aplica a lo siguiente:

  1. Residentes permanentes legales/Tarjeta Verde
  2. Los titulares de documentos de visado distintos de los sellos de visado, por ejemplo, la libertad condicional anticipada
  3. Doble nacionalidad con pasaporte de un país no designado
  4. Los que ya han obtenido asilo o han sido admitidos como refugiados
  5. Diplomáticos, empleados de la ONU, empleados de gobiernos extranjeros y personas a su cargo.

Existe la posibilidad de conceder exenciones individuales de la prohibición de viajar en determinadas circunstancias, aunque no está garantizada su aprobación. Los siguientes casos se evaluarán en función de sus méritos:

  1. Empleados o estudiantes que desean reanudar sus estudios/trabajo legal en los EE.UU. y que habían sido admitidos previamente para hacerlo pero se encontraban temporalmente fuera del país en el momento de la Orden anterior.
  2. Lactantes, niños y adoptados o que necesiten atención médica urgente.
  3. Antiguos empleados del Gobierno de EE.UU. y personas a su cargo.
  4. Inmigrantes canadienses que solicitan visados estadounidenses en Canadá.

Los sellos de visado ya expedidos antes de la Orden no se anularán, y cualquier nacional afectado cuyo sello de visado haya sido anulado debido a los términos de la última Orden podrá obtener nuevos documentos de viaje que le permitan volver a entrar.

Por lo que respecta al programa estadounidense de Admisión de Refugiados, mientras que la orden anterior sólo suspendía las solicitudes de refugiados sirios, la nueva suspende todas las decisiones sobre estas solicitudes de cualquier nacional durante al menos 120 días a partir de la fecha de aplicación de la nueva orden.

Se aconseja a los ciudadanos afectados que se encuentren en Estados Unidos que eviten viajar despuésdel 16 de marzo, ya que es poco probable que se les permita volver a entrar. Se aconseja a los ciudadanos afectados que se encuentren fuera de Estados Unidos que tomen las medidas necesarias para regresar si así lo desean; los ciudadanos de los países afectados, estén o no exentos de la prohibición de viajar, deben esperar un mayor escrutinio por parte del control fronterizo estadounidense.

Mauve proporcionará actualizaciones periódicas sobre cualquier cambio realizado en la nueva Orden Ejecutiva; si le preocupa la información anterior o necesita asesoramiento, póngase en contacto a través del Formulario de contacto y le responderemos lo antes posible.